Cómo detener las llamadas acosadoras de cobro en el trabajo
Consulte a los expertos: detener las llamadas de cobro en el trabajo
Me reprendieron en el trabajo y me enviaron a casa sin pagar porque recibo muchas llamadas de la oficina del acreedor original de una cuenta atrasada. Propuse un plan de pago y pedí que no me contactaran en el trabajo. El agente rechazó mi propuesta de pago y me dijo que esperara una serie de llamadas a mi lugar de trabajo, sin importar las implicaciones y el riesgo que estas llamadas representan para mi seguridad laboral. ¿Qué opciones tengo para dejar de recibir llamadas en el trabajo y limitarlas solo a mi celular y teléfono de casa, si es que tengo alguno? Si pierdo mi trabajo, ¿el acreedor es el responsable? -Becca
Becca, lamento que esté teniendo una experiencia tan mala con un acreedor. Lamentablemente, sus opciones son limitadas.
Como usted indicó, está tratando con el acreedor original y no con un cobrador de deudas de terceros. La Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (Fair Debt Collection Practices Act, FDCPA) es una ley federal que impone restricciones sobre los métodos que los cobradores externos pueden utilizar para el cobro de la deuda de los consumidores. Está diseñado para protegerla del acoso al que se enfrenta en este momento, salvo que no se aplica a los acreedores originales. Actualmente no existe una ley federal que la proteja de ese tipo de comportamiento de la compañía o entidad que originalmente le proporcionó ese préstamo o línea de crédito.
Sin embargo, hay leyes estatales que pueden protegerla del acoso de un acreedor original, pero cada estado es diferente. En Texas, por ejemplo, el capítulo 392, sección 302 del Código de Finanzas establece que “un cobrador de deudas no puede oprimir, acosar ni abusar de una persona haciendo que un teléfono suene repetida o continuamente, o realizando llamadas telefónicas repetidas o continuas, con la intención de acosar a una persona en el número llamado”. Si viviera en Texas, esta ley probablemente se aplicaría a su situación, ya que el agente le informó directamente que la llamaría repetidamente con la intención de acosarla.
Investigue las leyes de su estado. Es muy probable que haya alguna medida de protección al consumidor en vigor. Mientras tanto, siga los siguientes pasos para protegerse:
- Envíe una carta certificada al acreedor indicándole que ya no la contacte en el trabajo y que proporcione formas alternativas de contactarla. Conserve una copia de la carta, así como la confirmación de que fue recibida.
- Documente toda la comunicación del acreedor. Anote la hora de cada llamada telefónica recibida, así como el nombre del agente que se comunica con usted.
- Documente todas las pérdidas relacionadas con las medidas de cobro acosadoras. En caso de que la situación alguna vez escale a un caso judicial, deberá demostrar cuánto le ha costado el acoso de los cobradores en dólares reales.
- Sea proactivo. No pude deducir de su pregunta si usted mismo se había comunicado con el acreedor o si toda la comunicación había sido iniciada por el departamento de cobros, pero si aún no ha intentado llamarlos, vale la pena que lo haga. Los agentes que la llaman al trabajo probablemente no tienen la autoridad para negociar un plan de pago; ese no es realmente su trabajo. Si usted llama y muestra disposición para encontrar un punto medio que funcione para ambas partes, es posible que pueda llegar a una solución satisfactoria. Por cierto, no pierde nada con intentarlo.
¡Buena suerte, Becca!